jueves, 23 de febrero de 2012

PUBLICADO REGLAMENTO DE LA LEY INMOBILIARIA DE VIVIENDAS

Publicado reglamento de la Ley de Arrendamiento

15.11.2011 03:28 PM En la Gaceta Oficial 39.799 también se publicó el Decreto Nº 8.588, que autoriza la creación de la empresa estatal Inmobiliaria Nacional, S.A
Vía AVN
Caracas.- Este martes fue publicado el reglamento que permitirá desarrollar y establecer los procedimientos administrativos, establecidos en la recién promulgada Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.
El instrumento prevé los aspectos necesarios que permitan establecer las bases y mecanismos que garanticen el goce de los venezolanos al  derecho de contar con una vivienda digna.
En el Decreto N° 8.586, publicado en la en la Gaceta Oficial 39.799, se establece que estarán sujetos a la aplicación de este reglamento los funcionarios públicos adscritos a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, los propietarios, arrendadores o subarrendadores de inmuebles dedicados al arrendamiento.
Así como los arrendatarios de inmuebles, personas naturales o jurídicas que tengan como actividad habitual la administración de inmuebles, las organizaciones dedicadas a defender los derechos de arrendatarios y pequeños arrendadores,  y los consejos comunales.
También plantea que todos los contratos de arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda, habitación, pensión o viviendas estudiantiles, deberán ser revisados por funcionarios de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda.
Los contratos deberán incluir los datos de las personas suscribientes, referencias del inmueble, identificación del uso que se le dará, duración del contrato, monto que deberá ser cancelado por concepto de canon de arrendamiento, estado de conservación del inmueble y su descripción.
El documento oficial señala que en un lapso no mayor a 15 días luego de la protocolización del contrato ante la Notaría Pública, el arrendador deberá consignar ante la Superintendencia la copia certificada del contrato de arrendamiento, y si no llegara a cumplir con esta disposición podría enfrentar sanciones.
Los datos formarán parte del Registro Nacional de Arrendamiento de Vivienda, que pretende contar con información estadística cuantitativa y cualitativa, para fomentar políticas públicas que permitan "solventar los problemas y requerimientos en el sector de los arrendamientos".
Tanto los arrendadores como los arrendatarios deberán tramitar ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda su incorporación a este registro.
Para determinar el valor del inmueble, esta institución  evaluará, mediante una fórmula, el valor actual del inmueble, el valor del costo de reposición, el porcentaje de depreciación, su coeficiente de vulnerabilidad sísmica y variación geográfica.
Fijación del canon de arrendamiento
La Superintendencia  fijará el canon de arrendamiento, a través de inspecciones que permitirán recabar información referente a la ubicación, tamaño, estado de conservación, tipología de la construcción y el tiempo de la vivienda a alquilar.
También estará basado en un porcentaje de rentabilidad anual sobre el valor del inmueble, comprendido entre 3% y 5%.
El reglamento publicado además incluye capítulos destinados a las sanciones, procesos consignatorios, daños maliciosos, causas justificadas de falta de pago, participación del poder popular y bienes en custodia.
Autorizada creación de la Inmobiliaria Nacional
En la Gaceta Oficial 39.799 también se publicó el Decreto Nº 8.588, que autoriza la creación de la empresa estatal Inmobiliaria Nacional, S.A., que tendrá por objeto social principal la actividad inmobiliaria,"esto es, la adquisición, enajenación, arrendamiento, comodato y adjudicación de viviendas en proyecto de ejecución o terminados, así como la adjudicación y contratación de toda clase de obras, estudios y proyectos para la construcción y rehabilitación de viviendas".
El capital con el que se inicia esta compañía cuyo domicilio estará ubicado en la ciudad de Caracas, será de un millón de bolívares (Bs. 1.000.000,00).
La institución, creada por el Gobierno Nacional, será responsabilidad del Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, y estará dirigida por un presidente y cuatro directores principales y sus suplentes

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